107 años de la sanción de la Ley Saénz Peña
La sustancia de ésta ley radicaba en la universalización del voto, pero llevada a la práctica carecía de totalidad y excluía a parte de los individuos de la sociedad.
Por ejemplo, la ley no prohibía el voto de la mujer, siendo esto muy avanzado para la época, pero se sancionó en la ciudad de Buenos Aires una ordenanza que definía el uso del padrón del servicio militar obligatorio como padrón electoral, demorando así el ingreso al padrón por parte de las mujeres hasta 1947.
La sanción de esta ley fue el comienzo de un largo camino de logros obtenidos y por obtener, en el que nunca debemos dejar de cuestionar las definiciones de universalidad.
El mejor homenaje que, como sociedad, le podemos hacer a la democracia es estar constantemente cuestionando el sentido común imperante.
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